Velilla y Santibáñez podrán beneficiarse de la distribución que realizará la Diputación para la contratación de desempleados en obras de interés general
Escrito por Radio Guardo el 14/04/2021
La institución provincial cofinancia con la Junta de Castilla y León el Plan de Empleo Local para municipios con menos de 5.000 habitantes.
La Diputación de Palencia distribuye entre 186 ayuntamientos del medio rural 823.000 € en subvenciones para contratar desempleados en obras de interés general.
- Las localidades de la provincia
que superan esta población ya reciben
directamente una aportación desde la administración autonómica
- El reparto, que valora la población así como la dispersión en más de un núcleo, asigna el máximo de 10.000 € a veintiocho ayuntamientos.
- Treinta y dos municipios de un segundo grupo reciben 5.000 €, y a
los ciento veintiséis restantes se conceden 2.502 €, 3.336 € ó 4.170 €.
- Los municipios deben destinar los fondos a contratar inscritos en el Ecyl para obras y servicios de interés general y social en sus localidades.
La Diputación de Palencia ha dictaminado en la Comisión Informativa de Promoción Económica la distribución de las subvenciones correspondientes al Plan de Empleo Local 2021, que beneficiarán a los ciento ochenta y seis ayuntamientos de la provincia de hasta cinco mil habitantes con una cantidad global que ronda los ochocientos veintitrés mil euros. Estos fondos vienen aportados prácticamente a partes iguales por la propia administración provincial —cerca 404.000 euros—, que recibe para este fin alrededor de 418.000 euros de la Junta de Castilla y León, que asimismo sufraga aparte un plan similar con las poblaciones palentinas que superan los cinco mil habitantes.
La Diputación de Palencia anticipará la subvención a los ayuntamientos, que deberán aplicar y justificar debidamente las aportaciones en costes salariales y extrasalariales. así como los de la Seguridad Social y en la indemnización por finalización del contrato, derivados de la contratación temporal de personas desempleadas, inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León (Ecyl).
El Servicio de Promoción Económica y Empleo de la institución, que dirige el diputado provincial y vicepresidente primero Luis Calderón, ha distribuido estos fondos en tres bloques, con arreglo a unos criterios demográficos, que no solo consideran la población de cada ayuntamiento (padrón del 1 de enero de 2020), sino que también ponderan si existe más de un núcleo de población dentro del mismo municipio. Este aspecto se estima lógico por la propia finalidad del Plan de Empleo Local, que es la contratación de desempleados para efectuar obras y servicios de interés general y social en sus respectivas localidades, a fin de que puedan verse compensadas en cierta medida las dificultades derivadas de esa dispersión poblacional.
Tras efectuar la baremación, veintiocho
ayuntamientos recibirán la máxima subvención, cifrada en diez mil euros. Son
los quince que poseen más de un millar de habitantes
—Astudillo, Baltanás, Barruelo de
Santullán, Carrión de los Condes,
Cervera de Pisuerga, Dueñas, Grijota, Herrera de Pisuerga,
Magaz de Pisuerga, Osorno la Mayor, Paredes de Nava, Saldaña,
Santibáñez de la Peña, Velilla del Río Carrión y Villalobón—; más otros trece que, sin
llegar a esa población del millar de habitantes, poseen un alto número de
núcleos en sus municipios y, por tal motivo, elevan su puntuación: Pomar de Valdivia, La Pernía, Castrejón de la
Peña —tres ayuntamientos que, por ejemplo, cuentan con más de una decena de
pueblos en sus respectivos términos—, Torquemada,
Olmos de Ojeda, Villarramiel, Becerril de
Campos, Frómista, Fuentes de Nava, Respenda de la Peña, Alar
del Rey, Quintanilla de Onsoña y
Villada.
Para estos municipios, se prevé con carácter general la subvención del coste laboral máximo de diez mil euros para contrato por un periodo de ciento ochenta días a jornada completa (o bien de cinco mil euros si se contrata a jornada parcial, posibilidad que se permite a los municipios con menos de mil habitantes, siempre que cada jornada de trabajo sea igual o superior al 50% de la ordinaria).
En función de ese mismo criterio de población, corregido con la dispersión por núcleos, un segundo grupo de treinta y dos municipios percibe cinco mil euros: Ampudia, Amusco, Antigüedad, Berzosilla, Brañosera, Buenavista de Valdavia, Calzada de los Molinos, Cevico de la Torre, Cisneros, Dehesa de Montejo, Fuentes de Valdepero, Husillos, Loma de Ucieza, Monzón de Campos, Páramo de Boedo, Pedrosa de la Vega, Renedo de la Vega, Salinas de Pisuerga, San Cebrián de Campos, San Cebrián de Mudá, Santervás de la Vega, Tariego de Cerrato, Valde-Ucieza, Valle del Retortillo, Villaluenga de la Vega, Villameriel, Villarrabé, Villaturde, Villaumbrales, Villaviudas, Villoldo y Villota del Páramo.
MÍNIMO, 50% DE JORNADA. En estos casos, con carácter general se subvencionan los gastos laborales de contratar a una persona durante ciento ochenta días a un mínimo del 50% de la jornada ordinaria. No obstante, el municipio podrá contratar al desempleado la jornada completa, sin que eso suponga incremento alguno en el importe de subvención. Los ayuntamientos que perciben subvención de diez mil euros o de cinco mil euros deben formalizar la contratación antes del 30 de junio.
Para los ciento veintiséis restantes, según la baremación por criterios demográficos, se establecen tres tramos de subvención, por importes de 4.170 euros, 3.336 euros y 2.502 euros. En estos casos, la Diputación anticipa también la totalidad de la subvención al municipio, que deberá emplear —así como justificar debidamente— en contratos entre el 1 de abril y el 15 de octubre de este año, permitiéndose en este caso una cierta flexibilidad al ayuntamiento, en cuanto al tiempo concreto de duración de cada contrato dentro de ese período —si bien la jornada mínima exigida nunca será inferior al 50% de la ordinaria—, así como el número de personas que contratará.
En todo caso, son subvencionables los costes salariales y extrasalariales, así como los de la Seguridad Social y la indemnización por finalización del contrato, derivados de contratar temporalmente trabajadores desempleados e inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para realizar obras y servicios de interés general y social.