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288 PYMES Y AUTÓNOMOS DE LA PROVINCIA, BENEFICIARIOS DE LAS AYUDAS AL SECTOR HOSTELERO Y DEPORTIVO DE LA DIPUTACIÓN DE PALENCIA

Escrito por el 07/04/2021

El pasado 26 de noviembre el pleno de la Diputación de Palencia acordó la puesta en marcha de una nueva línea de ayudas económicas destinada a autónomos y empresas del sector de la hostelería, restauración e instalaciones deportivas que ejerzan su actividad en el medio rural palentino. Ayudas cuyas bases fueron publicadas el 10 de diciembre de 2020 y de las que esta semana se daba cuenta en comisión de una nueva resolución parcial, la segunda, que recoge un total de 235 beneficiarios y una cuantía de69.148,45 euros.

Se trata de unas ayudas económicas que tienen el fin de paliar los efectos económicos provocados por el obligatorio cierre de estos negocios debido a la situación actual de pandemia por la COVID 19. Para ello, la Institución Provincial puso a disposición de estas subvenciones una dotación de 200.000 euros correspondiente al presupuesto de la Corporación para el ejercicio de 2020. Una cuantía que podrá contar con una dotación adicional de 80.000 euros si fuera necesario.

Los beneficiarios de esta línea son, en todo caso, autónomos y pequeñas empresas que desarrollen su actividad en el medio rural ya sea como propietario o como arrendador y que se hayan visto afectados por la suspensión de actividad. Dichos autónomos o pymes deben desarrollar, además, una actividad empresarial enmarcada dentro del servicio de hostelería, restauración o las instalaciones deportivas.

La cuantía de dichos beneficiarios viene determinada por el Impuesto de Bienes Inmuebles, referido al establecimiento donde se desarrolla la actividad, siendo la cuantía máxima de 400 euros. En total el importe de subvenciones concedidas, de la primera resolución y la segunda, supone un gasto de 83.872,23 euros para 288 beneficiarios (53 beneficiarios de la primera y 235 en la segunda).

Cabe señalar además que, dadas las características de esta convocatoria, cuyo efecto es paliar los efectos económicos por el obligado cierre de los negocios como medida sanitaria; se excluye a los beneficiarios del trámite de justificación de la misma.


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